Civil - Rol C-5134-2015
/ TRANSELEC S.A
Abstracto
El 2° Juzgado Civil de Rancagua rechaza la demanda de reivindicación de propiedad interpuesta por contra Transelec S.A., al acreditarse que esta última posee una servidumbre eléctrica legalmente constituida sobre el predio.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 2° Juzgado Civil de Rancagua
- Rol: C-5134-2015
- Caratulado: / Transelec S.A.
- Fecha: 7 de noviembre de 2018
- Demandante:
- Demandado: Transelec S.A.
• Antecedentes procesales relevantes
- interpone demanda ordinaria de reivindicación contra Transelec S.A., solicitando la restitución de una porción de terreno ocupada por tendido eléctrico.
- Transelec S.A. contesta, solicitando el rechazo de la demanda, alegando la existencia de una servidumbre eléctrica constituida a su favor.
- Transelec S.A. deduce demanda reconvencional para que se declare la adquisición por prescripción de la servidumbre eléctrica.
- Se lleva a cabo audiencia de conciliación sin acuerdo.
- La causa se recibe a prueba.
• Hechos acreditados
- es dueña del inmueble inscrito a fojas 3148 vta. N° 2231 del Registro de Propiedad del año 1991 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
- Transelec S.A. ocupa parte del inmueble con una línea de transmisión eléctrica (línea Ancoa – Alto Jahuel).
- Mediante Decreto Supremo N° 864 de 1970, se otorgó a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (ENDESA) una concesión de servicio públi...
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