Civil - Rol V-28-2018
BRAVO/
Abstracto
El Juzgado de Letras de Santa Bárbara ordena el alzamiento de la prohibición de enajenar que afectaba un inmueble de , al considerar que la ley que la sustentaba fue derogada y el plazo de la prohibición ha expirado.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de alzamiento de prohibición de enajenar sobre inmueble ubicado en Callaqui, Alto Bío Bío, de 9,52 hectáreas, inscrita a nombre de en el Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara bajo el N° 219-187 del Registro de Propiedad y la prohibición a fojas 645 N° 240 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar, ambos de 2003.
• Antecedentes procesales relevantes: , en representación de , solicita el alzamiento judicial de la prohibición de enajenar.
• Hechos acreditados:
- Inscripción de la propiedad a nombre de .
- Existencia de la prohibición de enajenar inscrita en 2003.
- Informes de CONADI e INDAP (este último remitiéndose a CONADI).
- Informe de CONADI favorable al alzamiento, señalando que la propiedad no es indígena según la Ley 19.253.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Procedencia del alzamiento de la prohibición de enajenar considerando la derogación de la ley que la originó (Ley N°17.729, modificada por el Decreto Ley N°2.568) y el cumplimiento del plazo de 20 años.
• Argumentos de las partes:
- Solicitante: La prohibición se sustenta en el artículo 12 del DL 2568, que facultaba a INDAP para gravar con prohibición de 20 años los...
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