Civil - Rol C-4207-2018
COOPEUCH/GAJARDO
Abstracto
El 2° Juzgado Civil de Rancagua rechaza la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante con la ejecución. Se discute la validez de la autorización notarial de un pagaré y su mérito ejecutivo.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Juzgado: 2° Juzgado Civil de Rancagua
- Rol: C-4207-2018
- Caratulado: Coopeuch/Gajardo
- Fecha: 3 de diciembre de 2018
• Antecedentes procesales relevantes:
- Coopeuch Ltda. demanda ejecutivamente a por cobro de pagaré.
- El demandado opone excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil (falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva).
- Se recibe la causa a prueba.
• Hechos acreditados:
- El pagaré N° 201503159724, suscrito el 23 de noviembre de 2015 ante notario suplente, por $1.113.002, pagadero en 36 cuotas, fue acompañado al proceso.
- El ejecutado pagó 18 cuotas y está en mora desde el 15 de agosto de 2017, adeudando $873.033 más intereses.
- La firma del pagaré fue autorizada por notario .
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Determinar si la firma del pagaré fue autorizada válidamente por notario, confiriéndole mérito ejecutivo al título.
- Establecer si la falta de comparecencia personal del suscriptor ante notario vicia la autorización de la firma.
• Argumentos de las partes:
- Demandante (Coopeuch): El pagaré cumple con los requisitos del artículo 434 N° 4 del Cód...
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