Civil - Rol V-330-2015

Abstracto

El 21º Juzgado Civil de Santiago autoriza la venta de bien propio de la solicitante, adquirido antes del matrimonio bajo sociedad conyugal, supliendo el consentimiento del cónyuge ausente, conforme al artículo 138 del Código Civil. Se requiere un precio mínimo de 4.100 UF.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización judicial para la venta de bien propio presentado por , casada bajo régimen de sociedad conyugal con , ausente en el extranjero. El bien raíz se ubica en . Rol V-330-2015, 21º Juzgado Civil de Santiago. Fecha: 7 de enero de 2019. Juez Titular: .

• Antecedentes procesales relevantes: solicita autorización para vender un bien propio adquirido antes de su matrimonio, debido a la imposibilidad de obtener el consentimiento de su cónyuge, , cuya ubicación es desconocida. Se presenta información sumaria de testigos y se solicita informe al Defensor Público. Se ordena la notificación por avisos en el Diario Oficial y en el diario “El Mercurio” al cónyuge ausente, conforme al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, una vez agotadas las gestiones para ubicarlo.

• Hechos acreditados: El inmueble ubicado en , fue adquirido por antes de contraer matrimonio. El cónyuge, , se encuentra ausente y su paradero es desconocido. Se han agotado las gestiones para ubicar al cónyuge. El matrimonio fue disuelto (sin especificar cómo o cuándo).

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Procede autoriza...

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