Civil - Rol C-8741-2018

RIQUELME/MIRANDA

Abstracto

El 2° Juzgado Civil de Concepción acoge la demanda de restitución de inmueble arrendado, ordenando la restitución del inmueble a más tardar el 12 de agosto de 2019. Se funda en el término del contrato de arrendamiento por voluntad del arrendador y la ley 18.101.

Resumen

• Datos básicos del caso: Causa rol C-8741-2018, caratulada “RIQUELME/MIRANDA”, seguida ante el 2° Juzgado Civil de Concepción.

• Antecedentes procesales relevantes: demanda la restitución de un inmueble arrendado a , en calidad de heredera de , arrendatario original. La demandada no contestó la demanda. Se recibió la causa a prueba.

• Hechos acreditados:

  1. El 2 de agosto de 2006, arrendó a el inmueble ubicado en , Chiguayante, por una renta de $60.000 mensuales.
  2. El contrato se pactó por un año, renovable, salvo aviso de término con 30 días de anticipación.
  3. es cónyuge sobreviviente de .

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:

  1. Procedencia de la restitución del inmueble arrendado.
  2. Plazo para la restitución del inmueble.

• Argumentos de las partes:

  • Demandante: Solicitó la restitución del inmueble basándose en el artículo 4 de la Ley N° 18.101 y en su voluntad de no perseverar en el arrendamiento. Argumentó que la muerte del arrendatario no extingue el contrato y que la demandada, como heredera, tiene legitimidad pasiva.
  • Demandada: No contestó la demanda.

• Doctrina y jurisprudencia citadas:

  • Artículo 4 de la Ley N° 18.101. *...

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