Civil - Rol V-17-2019
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Abstracto
El Segundo Juzgado de Letras de Osorno acoge el reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces a inscribir una compraventa. La sentencia determina que el inmueble fue adquirido a título gratuito por el vendedor, no siendo aplicable la normativa sobre tierras indígenas ni la necesidad de posesión efectiva de la cónyuge.
Resumen
• Datos básicos del caso: Reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Osorno a inscribir una escritura pública de compraventa de un retazo de terreno ubicado en el sector Trocomo, comuna de Osorno, individualizado como hijuela Uno guión A. El reclamante es don , representado por don .
• Antecedentes procesales relevantes: Don presenta un reclamo conforme a los artículos 18 y 19 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, debido al rechazo de la inscripción de la compraventa por parte del Conservador. El Conservador justificó el rechazo en que la venta recaía sobre tierras amparadas por la Ley N° 19.253 (Ley Indígena) y en la necesidad de tramitar la posesión efectiva de la cónyuge fallecida del vendedor según el artículo 30 de la Ley N° 16.271.
• Hechos acreditados: El inmueble fue adquirido por don mediante el Decreto Ley N° 2695 de 1979 y su Reglamento, un procedimiento administrativo por el cual el Estado otorga títulos de propiedad a personas sin uno propio. El Conservador basó su reparo en los apellidos indígenas del vendedor (Nilián Huisca).
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la negativa del Conservador de Bienes Raíces a inscribir la compraventa es justificada, co...
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