Civil - Rol V-259-2018
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Abstracto
El 2º Juzgado Civil de Temuco rechaza la solicitud de rectificación de partida de nacimiento presentada por , quien buscaba la cancelación de una segunda inscripción de nacimiento. El tribunal argumenta falta de ley que faculte tal cancelación y la necesidad de un juicio de lato conocimiento para determinar la filiación verdadera.
Resumen
• Datos básicos del caso: solicita la cancelación de la inscripción de nacimiento N°882 de 1957 de la Circunscripción de El Puerto, manteniendo vigente la inscripción N°749 de 1950 de la Circunscripción de María Elena. El caso se tramita en el 2º Juzgado Civil de Temuco, rol V-259-2018. La sentencia se dicta el 7 de marzo de 2019. • Antecedentes procesales relevantes: La demanda se presenta el 4 de octubre de 2018. Se acompañan documentos (4 de octubre y 26 de noviembre de 2018), información sumaria de testigos (16 de noviembre de 2018) e informes del Registro Civil e Identificación (27 de noviembre de 2018 y 6 de febrero de 2019). La causa queda en estado de resolución el 15 de febrero de 2019. • Hechos acreditados: Existen dos inscripciones de nacimiento a nombre de . La primera, N°749 de 1950, la inscribe como hija de y . La segunda, N°882 de 1957, como hija de y . El Registro Civil ratifica la existencia de ambas inscripciones. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Procede la cancelación de una de las inscripciones de nacimiento de , existiendo dos inscripciones con filiaciones paternas diferentes? • Argumentos de las partes: La demandante argumenta que su verdad...
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