Civil - Rol V-9-2019

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Abstracto

El Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli autoriza la enajenación en pública subasta de los derechos de una interdicta sobre un inmueble, considerando la necesidad de costear su tratamiento médico, conforme al artículo 393 del Código Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización judicial para la enajenación de acciones y derechos de doña Onorinda del Carmen Lagos Sepúlveda, declarada interdicta, sobre un inmueble ubicado en Liquiñe, comuna de Panguipulli. La solicitante es doña Noris Disnelly Fuentealba Lagos, hija de la interdicta y su curadora general.

• Antecedentes procesales relevantes: La interdicción de doña Onorinda del Carmen Lagos Sepúlveda fue declarada en el Juzgado de Letras y Familia de Villarrica, causa Rol N° V-95-2018, con fecha 13 de diciembre de 2018. La sentencia fue inscrita en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica. Doña Noris Disnelly Fuentealba Lagos fue designada curadora general de su madre. Además, es curadora del ausente don Isaías José Fuentealba Calderón, cónyuge de la interdicta.

• Hechos acreditados: Se acreditó la interdicción por demencia de doña Onorinda del Carmen Lagos Sepúlveda, el nombramiento de doña Noris Disnelly Fuentealba Lagos como su curadora, la existencia de acciones y derechos de la interdicta sobre el inmueble en Liquiñe, la existencia de una oferta de compra por $40.000.000 y la necesidad de la interdicta de un costoso tratamiento médico.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Procede autori...

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