Civil - Rol V-18-2019
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Abstracto
El Juzgado de Letras de Ancud acoge reclamación contra el Conservador de Bienes Raíces por la negativa a inscribir dación en pago de un inmueble. Se ordena la inscripción, priorizando la escritura original sobre la rectificatoria que contenía un concepto impropio de adjudicación.
Resumen
• Datos básicos del caso Reclamación en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Ancud a inscribir la liquidación de la sociedad conyugal y adjudicación de un bien raíz (lote A1, Coñimó, Ancud) a nombre de .
• Antecedentes procesales relevantes , abogado, en representación de y , interpone reclamación el 3 de febrero de 2019. El Conservador de Bienes Raíces de Ancud presenta informe el 22 de marzo de 2019. El 23 de abril de 2019, se decreta autos para fallo.
• Hechos acreditados
- y estuvieron casados bajo el régimen de sociedad conyugal, la cual fue sustituida por separación total de bienes el 17 de octubre de 2018.
- En la escritura de liquidación de la sociedad conyugal, se declaró que no existían bienes sociales, patrimonio reservado ni deudas sociales. Sin embargo, existía un bien raíz propio del marido (inscrito a fojas 1.755 número 1.589 del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Ancud) y un vehículo motorizado que se consideró del haber propio de la mujer.
- había dado en préstamo gratuito a su marido la suma de $500.000 el 30 de mayo de 2016. En la liquidación de la sociedad conyugal, se pretendió pagar esta...
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