Civil - Rol C-183-2019
ALIMENTOS MARINOS ALIMAR S.A/I MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO
Abstracto
El Primer Juzgado Civil de Talcahuano declara la prescripción de la acción de cobro de patentes comerciales de Alimentos Marinos S.A. por la I. Municipalidad de Talcahuano, correspondiente a los periodos 2012-2015, acogiendo la demanda y liberando al contribuyente de la deuda.
Resumen
• Datos básicos del caso: Demanda de prescripción de cobro de derechos de patente comercial presentada por Alimentos Marinos S.A. contra la I. Municipalidad de Talcahuano. El monto adeudado asciende a $606.856.992. El demandante alega la prescripción según el artículo 2521 del Código Civil. • Antecedentes procesales relevantes: La demanda fue notificada a la Municipalidad. El demandado no contestó la demanda en tiempo y forma. Se fijaron los hechos a probar. El tribunal citó a las partes a oír sentencia. • Hechos acreditados: No se explicita un apartado de hechos acreditados, pero se desprende que la deuda existía y que los periodos adeudados son los comprendidos entre el 31 de julio de 2012 y el 31 de julio de 2015. • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la acción de cobro de derechos de patente comercial por parte de la Municipalidad está prescrita según el artículo 2521 del Código Civil. • Argumentos de las partes: El demandante, Alimentos Marinos S.A., argumenta que la deuda por patentes comerciales está prescrita según el artículo 2521 del Código Civil, que establece un plazo de prescripción de tres años para las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. El demandado, la I. Municipalidad de Tal...
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