Civil - Rol V-1021-2018
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Abstracto
El 1° Juzgado Civil de Puente Alto autoriza judicialmente a la cónyuge, bajo el régimen de sociedad conyugal, a enajenar sus derechos sobre un inmueble y retirar fondos depositados, supliendo la negativa injustificada del marido. Se aplica el artículo 138 bis del Código Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 1° Juzgado Civil de Puente Alto.
- Rol: V-1021-2018.
- Caratulado: con .
- Fecha: 2 de julio de 2019.
- Demandante: .
- Demandado: .
• Antecedentes procesales relevantes
- solicita autorización judicial para enajenar sus derechos sobre un inmueble y retirar fondos depositados en el Banco del Estado, ante la negativa de su cónyuge, .
- El Defensor Público informa favorablemente a la autorización supletoria para la enajenación, remitiéndose al artículo 1755 del Código Civil respecto al retiro de fondos.
- El cónyuge, a través de apoderada, se opone a la enajenación argumentando litigios pendientes y un proceso de divorcio en curso.
• Hechos acreditados
- está casada con bajo el régimen de sociedad conyugal.
- La solicitante es dueña de derechos sobre el inmueble ubicado en calle El Volcán N° 713, San José de Maipo, por herencia de sus padres, y .
- Existe un depósito de $3.921.956 en el Banco del Estado, también proveniente de la herencia, que la solicitante desea retirar.
- La solicitante y su cónyuge están ...
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