Civil - Rol V-1021-2018

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Abstracto

El 1° Juzgado Civil de Puente Alto autoriza judicialmente a la cónyuge, bajo el régimen de sociedad conyugal, a enajenar sus derechos sobre un inmueble y retirar fondos depositados, supliendo la negativa injustificada del marido. Se aplica el artículo 138 bis del Código Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso

  • Tribunal: 1° Juzgado Civil de Puente Alto.
  • Rol: V-1021-2018.
  • Caratulado: con .
  • Fecha: 2 de julio de 2019.
  • Demandante: .
  • Demandado: .

• Antecedentes procesales relevantes

  • solicita autorización judicial para enajenar sus derechos sobre un inmueble y retirar fondos depositados en el Banco del Estado, ante la negativa de su cónyuge, .
  • El Defensor Público informa favorablemente a la autorización supletoria para la enajenación, remitiéndose al artículo 1755 del Código Civil respecto al retiro de fondos.
  • El cónyuge, a través de apoderada, se opone a la enajenación argumentando litigios pendientes y un proceso de divorcio en curso.

• Hechos acreditados

  • está casada con bajo el régimen de sociedad conyugal.
  • La solicitante es dueña de derechos sobre el inmueble ubicado en calle El Volcán N° 713, San José de Maipo, por herencia de sus padres, y .
  • Existe un depósito de $3.921.956 en el Banco del Estado, también proveniente de la herencia, que la solicitante desea retirar.
  • La solicitante y su cónyuge están ...

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