Civil - Rol V-48-2018
BACARREZA/
Abstracto
El Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli autoriza al Obispado de Santa María de Los Ángeles a donar un inmueble al Obispado de Temuco, al no contravenir la donación ninguna disposición legal y estar exenta del impuesto a las donaciones según la ley 16.271.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización judicial para donar un inmueble.
• Antecedentes procesales relevantes: El 09 de agosto de 2018, el Obispado de Santa María de Los Ángeles, representado por , solicita autorización para donar un inmueble al Obispado de Temuco. Se acompaña información sumaria de testigos y se oficia al Servicio de Impuestos Internos para certificar la exención de impuestos a la donación. El 03 de mayo de 2019, se dicta la resolución autos para fallo.
• Hechos acreditados: El Obispado de Santa María de Los Ángeles es propietario del inmueble ubicado en Ercilla, compuesto por los sitios 5, 6, 7 y 8 de la manzana N° 2, con una superficie de 3.750 metros cuadrados, inscrito a fojas 186 vta. N° 201 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli de 1975. El avalúo fiscal del inmueble es de $230.125.258. En la propiedad funciona la “Fundación Educacional Escuela San Francisco de Asís de Ercilla”.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Es procedente autorizar la donación del inmueble del Obispado de Santa María de Los Ángeles al Obispado de Temuco, considerando que su valor excede lo establecido en el artículo 1401 del Código Civil y que se ha acreditado la exención del impuesto a las donaciones?
• Argumento...
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