Civil - Rol C-23626-2017

CLÍNICA SANTA MARÍA/

Abstracto

El 5° Juzgado Civil de Santiago acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por el demandado, al haber transcurrido más de un año entre la fecha de exigibilidad del pagaré y la notificación de la demanda. Se condena a cada parte a pagar sus costas.

Resumen

• Datos básicos del caso: Juicio ejecutivo caratulado "CLÍNICA SANTA MARÍA/", Rol C-23626-2017, seguido ante el 5° Juzgado Civil de Santiago. Demandante: CLÍNICA SANTA MARÍA S.A., representada por . Demandado: . La demandante busca el cobro de un pagaré. El demandado opone excepción de prescripción. \n\n• Antecedentes procesales relevantes: Demanda ejecutiva de cobro de pagaré presentada el 30 de agosto de 2017. El demandado opone excepción de prescripción (artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil) el 13 de mayo de 2019. Se prescinde de la prueba y se cita a oír sentencia el 7 de junio de 2019.\n\n• Hechos acreditados: El demandado suscribió un pagaré N°871151 por $562.295 a favor de CLÍNICA SANTA MARÍA S.A., con fecha 16 de agosto de 2017, pagadero el 21 de agosto de 2017. El pagaré fue protestado por falta de pago el 22 de agosto de 2017. La demanda fue notificada el 9 de mayo de 2019.\n\n• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la acción ejecutiva para el cobro del pagaré se encuentra prescrita.\n\n• Argumentos de las partes: La demandante (CLÍNICA SANTA MARÍA S.A.) argumenta que el pagaré constituye un título ejecutivo perfecto, la deuda es líquida, actualmente exigible y la acción no está prescrita. ...

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