Civil - Rol V-73-2019

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Abstracto

El Juzgado de Tomé, el 12 de noviembre de 2019, en materia civil, acoge la solicitud de entrega de inmueble arrendado por abandono, conforme al artículo 6 inciso 2° de la Ley N° 18.101, autorizando al arrendador a tomar posesión del inmueble con la presencia de un ministro de fe.

Resumen

• Datos básicos del caso: Don , arrendador, solicita la entrega del inmueble ubicado en calle El Espino N° 2488, Villa Las Araucarias, comuna de Tomé, arrendado a don , debido al abandono del inmueble y deuda de rentas.

• Antecedentes procesales relevantes: El solicitante pide autorización judicial para tomar posesión del inmueble abandonado, conforme al artículo 6 inciso 2° de la Ley N° 18.101. Un ministro de fe certifica el abandono del inmueble.

• Hechos acreditados: Se acredita el abandono del inmueble por parte del arrendatario y la existencia de deudas de rentas de arrendamiento correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2019.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede la autorización judicial para que el arrendador tome posesión del inmueble arrendado, ante el abandono del mismo por parte del arrendatario y la existencia de deudas de rentas.

• Argumentos de las partes: El arrendador () señala que el arrendatario () abandonó el inmueble sin previo aviso, adeudando rentas y cuentas de servicios básicos.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 6 inciso 2° de la Ley N° 18.101.

• Fundamentos esenciales de la resolución: El tribunal, teniendo p...

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