Civil - Rol V-149-2015
AYLWIN /
Abstracto
El 1° Juzgado de Letras de San Fernando ordena al Conservador de Bienes Raíces firmar una inscripción de dominio de 1993 que carecía de dicha firma, permitiendo así a la propietaria obtener copias del documento. Se acoge la reclamación.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 1º Juzgado de Letras de San Fernando
- Rol: V-149-2015
- Caratulado: /
- Fecha: 13 de enero de 2020
• Antecedentes procesales relevantes
- El 27 de agosto de 2015, solicita que se ordene al Conservador de Bienes Raíces de San Fernando firmar la inscripción de dominio del Lote Uno, ubicado en Nancagua, inscrita a fojas 410 n.° 707 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando del año 1993, debido a que no se encuentra firmada por el Conservador de la época.
- El Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, , informa el 24 de septiembre de 2015 que la inscripción no está firmada por su antecesor, , pero no ve impedimento legal para firmarla si se le ordena.
• Hechos acreditados
- adquirió el Lote Uno en Nancagua por escritura pública del 6 de abril de 1993.
- La inscripción de dominio correspondiente (Fojas 410 n.° 707 del año 1993) no está firmada por el Conservador de Bienes Raíces de la época.
- El Conservador suplente certificó la falta de firma en copia de la inscripción de fecha 13 de agosto de 2015.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo
- ¿Debe el actual Conservador de B...
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