Civil - Rol C-2984-2019
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ORIENTE LIMITADA/
Abstracto
El Juzgado de Letras de Talca rechaza la excepción opuesta por el ejecutado, argumentando que el pagaré cumple con los requisitos del artículo 434 N°4 del Código de Procedimiento Civil al tener la firma autorizada por notario. Se acoge la demanda ejecutiva, ordenando seguir adelante con la ejecución por el monto adeudado, más intereses y costas.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 2° Juzgado de Letras de Talca.
- Rol: C-2984-2019.
- Caratulado: Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente Limitada/.
- Fecha: 7 de marzo de 2020.
• Antecedentes procesales relevantes:
- COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA, representada por su mandatario judicial, interpone demanda ejecutiva en contra de , basada en un pagaré impago.
- El ejecutado opone excepción de falta de requisitos del título ejecutivo.
- Se recibe la causa a prueba y se cita a las partes para oír sentencia.
• Hechos acreditados:
- La Cooperativa demandante es dueña del pagaré N° 06-001-0470997-4, suscrito el 25 de julio de 2017, por $8.838.690, pagadero en 36 cuotas.
- El pagaré se encuentra impago desde la cuota 21, correspondiente al 20 de mayo de 2019.
- La firma del obligado fue autorizada por Notario Público.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Si el pagaré presentado cumple con los requisitos legales para tener fuerza ejecutiva, específicamente si la firma del deudor fue autorizada válidamente por Notario Público.
- Si la excepción opuesta por el ejecutado debe ser acogida, rechazándose la demanda ejecutiva.
• Argumentos de las partes:
- Demandante (COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO...
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