Civil - Rol C-3059-2018
PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/
Abstracto
El Juzgado de Letras de Los Ángeles acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva, opuesta por la ejecutada, al haber transcurrido más de un año entre el vencimiento del pagaré y la notificación de la demanda. Se absuelve a la ejecutada y se condena en costas a la ejecutante.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Juzgado: 1º Juzgado de Letras de Los Ángeles
- Rol: C-3059-2018
- Caratulado: PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/
- Fecha: 7 de abril de 2020
• Antecedentes procesales relevantes:
- Promotora Falabella S.A. demanda ejecutivamente a , cobrando un pagaré N° 01572357 por $2.808.800, con vencimiento el 11 de julio de 2018.
- La ejecutada opone la excepción del artículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil, alegando la prescripción de la acción ejecutiva.
- El ejecutante se allana a la excepción.
• Hechos acreditados:
- Existencia del pagaré N° 01572357 por $2.808.800, con vencimiento el 11 de julio de 2018.
- La notificación de la demanda se realizó el 1 de abril de 2020.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Determinar si la acción ejecutiva derivada del pagaré se encuentra prescrita.
• Argumentos de las partes:
- Demandante (Promotora Falabella S.A.): Solicita el pago del pagaré.
- Demandada (): Alega la prescripción de la acción ejecutiva, basándose en el artículo 98 de la Ley N° 18.092, que establece un plazo de prescripción de un año desde que la obligación se hace exigible.
• Doctrina y jurisprudencia citadas:
- Artículo 98 de la Ley N° 18.092 sobre Letra de Cambi...
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