Civil - Rol V-8-2020

MELLA/

Abstracto

El Juzgado de Letras y Familia de Nueva Imperial autoriza a la solicitante, ya divorciada, a contraer nuevo matrimonio antes del plazo de 270 días establecido en el artículo 128 del Código Civil, al acreditarse la no existencia de embarazo.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de doña para ser autorizada a contraer segundas nupcias sin esperar el plazo de 270 días desde su divorcio, conforme al artículo 128 del Código Civil.

• Antecedentes procesales relevantes: La solicitud se presenta el 5 de febrero de 2020 ante el Juzgado de Letras y Familia de Nueva Imperial. Se adjuntan documentos que acreditan el divorcio de la solicitante y la inexistencia de embarazo. El 3 de marzo de 2020, se traen los autos para fallo.

• Hechos acreditados: Matrimonio de con Guido Alexis Mondaca Lobos el 25 de julio de 1995, inscrito en la Circunscripción de la Granja. Divorcio decretado por sentencia del Juzgado de Familia de Nueva Imperial el 16 de agosto de 2019, en la causa Rit C-169-2019, con subinscripción matrimonial del 15 de enero de 2020. Inexistencia de hijos menores de edad fruto del matrimonio disuelto. Inexistencia de relación con el ex cónyuge por más de tres años. Certificado médico que acredita que la solicitante no se encuentra embarazada.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede autorizar a la solicitante a contraer nuevo matrimonio antes de que transcurran 270 días desde la declaración de divorcio, considerando lo dispuesto en el artículo 128 del Código Civil.

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