Civil - Rol V-14-2020
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Abstracto
El 2° Juzgado de Letras de Punta Arenas autoriza la enajenación de un inmueble perteneciente a la sociedad conyugal, supliendo la autorización de la cónyuge interdicta, conforme al artículo 1749 del Código Civil. Se considera la necesidad de solventar gastos de la interdicta y la autorización de la curadora.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización judicial para la enajenación de un bien raíz social (Huerto Familiar N° 140) ubicado en la Provincia de Última Esperanza, debido a la interdicción por demencia de la cónyuge del solicitante.
• Antecedentes procesales relevantes:
- Don solicita la autorización. Su cónyuge, doña , fue declarada interdicta por demencia en causa Rol V-99-2017 del 2° Juzgado de Letras de Punta Arenas.
- La sentencia de interdicción fue inscrita en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas.
- Se acompañan a la solicitud: certificado de matrimonio, inscripción de dominio del inmueble, copia de la sentencia de interdicción, certificado de ejecutoria de la sentencia, inscripción de la sentencia y mandato judicial.
- Se agrega información sumaria de testigos, informe de la Defensora Pública y pronunciamiento de la curadora de la interdicta.
• Hechos acreditados:
- Matrimonio vigente entre don y doña bajo el régimen de sociedad conyugal.
- Adquisición del inmueble (Huerto Familiar N° 140) por don durante la vigencia de la sociedad conyugal.
- Declaración de interdicción por demencia d...
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