Civil - Rol V-171-2020
TRANSELEC.S.A/
Abstracto
El Juzgado de Letras de Puerto Varas autoriza a Transelec S.A. la toma de posesión material de un terreno de 90 hectáreas en Frutillar, propiedad de la Sucesión Hereditaria de , afecto a servidumbre legal eléctrica, tras consignación de indemnización fijada por comisión tasadora.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: Juzgado de Letras de Puerto Varas
- Rol: V-171-2020
- Caratulado: TRANSELEC S.A./
- Fecha: 3 de julio de 2020
- Demandante: Transelec S.A.
- Demandados: Sucesión Hereditaria de (, , ).
• Antecedentes procesales relevantes
- El 8 de mayo de 2020, Transelec S.A. solicita al Juzgado de Letras de Puerto Varas la posesión material de un terreno de 90 hectáreas ubicado en Villa Alegre, Frutillar, de propiedad de la Sucesión Hereditaria de , en virtud del artículo 67 del D.F.L. N°4/20.018, Ley General de Servicios Eléctricos.
- La solicitud se basa en la concesión eléctrica definitiva otorgada a Transelec mediante Decreto Supremo N° 10 del Ministerio de Energía, para establecer el tramo 1 de la línea de transmisión “Línea de Seccionamiento 2x220 kV Rahue-Puerto Montt, Circuitos 1 y 2 en S/E Frutillar Norte”.
- Se designó una comisión tasadora que avaluó la indemnización en $96.589.950.
• Hechos acreditados
- Existencia del Decreto Supremo N° 10 que otorga la concesión eléctrica a Transelec.
- Avalúo de la indemnización por la comisión tasadora en $96.589.950.
- Consignación judicial del monto de la inde...
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