Civil - Rol V-46-2020
FUCHSLOCHER/
Abstracto
El 2° Juzgado de Letras de Quilpué rechaza el reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces, confirmando la negativa a inscribir una escritura de liquidación de sociedad conyugal. La sentencia determina que los derechos hereditarios adquiridos durante la sociedad conyugal son bienes propios del cónyuge.
Resumen
• Datos básicos del caso: Reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces de Quilpué () presentado por , representado por , por la negativa a inscribir una escritura de Separación Total de Bienes y Liquidación de la Sociedad Conyugal.
• Antecedentes procesales relevantes: , en representación de , interpone reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces de Quilpué, solicitando que se ordene la inscripción de la escritura pública de Separación Total de Bienes y Liquidación de la Sociedad Conyugal. El Conservador recurrido se opone al reclamo.
• Hechos acreditados:
- y contrajeron matrimonio el 14 de septiembre de 1990, bajo el régimen de sociedad conyugal.
- Por escritura pública del 12 de agosto de 2019, disolvieron y liquidaron la sociedad conyugal.
- se adjudicó el inmueble ubicado en calle , Quilpué.
- adquirió el dominio del inmueble por compra de derechos y sucesiones por causa de muerte.
- El Conservador de Bienes Raíces rechazó la inscripción por considerar que los derechos hereditarios adquiridos con posterioridad al matrimonio no forman parte de la masa de la sociedad conyugal ...
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