Civil - Rol V-86-2020

LEAY/

Abstracto

El 3º Juzgado Civil de Temuco ordena la entrega de propiedad arrendada, debido al abandono por parte del arrendatario y la falta de restitución formal, conforme al artículo 6 de la Ley 18.101. Se certifica el estado del inmueble al momento de la entrega.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de entrega de propiedad ubicada en Pasaje Río Grande N°580, Parque Residencial Pilmaiquen, Padre Las Casas. Rol V-86-2020, 3º Juzgado Civil de Temuco. Demandante: . Demandado: . Fecha: 10 de julio de 2020. Juez: Patricia Ríos Rojas (Subrogante).

• Antecedentes procesales relevantes: solicita la entrega de la propiedad arrendada a , basándose en el abandono del inmueble y la falta de restitución formal, pese a las notificaciones de término de contrato por no pago de arriendos.

• Hechos acreditados: (1) Existencia de un contrato de arrendamiento entre (arrendadora) y (arrendatario), con fecha 01 de marzo de 2018, por una renta mensual de $160.000. (2) Incumplimiento del arrendatario en el pago de arriendos desde diciembre de 2018. (3) Envío de cartas certificadas en mayo de 2019 y enero de 2020 solicitando el término del contrato y la restitución del inmueble. (4) Abandono de la propiedad por parte del arrendatario aproximadamente en febrero de 2020, sin entrega formal de las llaves ni comunicación sobre el estado del inmueble. (5) Certificación receptorial que constata la desocupación del inmueble.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Procedenci...

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