Civil - Rol C-88-2019
CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./
Abstracto
El 2° Juzgado de Letras de Copiapó acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por la demandada, al haber transcurrido más de un año desde el vencimiento del pagaré sin que se notificara la demanda. No se condena en costas.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 2º Juzgado de Letras de Copiapó
- Rol: C-88-2019
- Caratulado: CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./
- Fecha: 16 de octubre de 2020
• Antecedentes procesales relevantes:
- El 9 de enero de 2019, CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A. (demandante) interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de (demandada).
- El 26 de marzo de 2020, la demandada opone la excepción de prescripción de la acción ejecutiva, contemplada en el artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil.
- El 27 de marzo de 2020, se notifica expresamente a la demandada y se confiere traslado de la excepción.
- El 15 de octubre de 2020, se tiene por evacuado el traslado en rebeldía de la ejecutante, se declara admisible la excepción y se cita a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados:
- La demandada suscribió un pagaré N°3274195 a favor de CENCOSUD ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A. por $3.430.200, con fecha de vencimiento el 8 de octubre de 2018.
- La demanda ejecutiva fue notificada el 27 de marzo de 2020.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Determinar si la acción ejecutiva para el cobro del pagaré se encuentra prescrita.
• Argumentos de las partes:
- Demandante: El pagaré no fue pagado a...
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