Civil - Rol V-314-2020
RUTA 86 S.A.C INDISTINTAMENTE INMOBILIARIA RUTA OCHENTA Y SEIS LIMITADA./
Abstracto
El 2° Juzgado Civil de Rancagua ordena la restitución de un inmueble a Inmobiliaria Ruta Ochenta y Seis Limitada, debido al abandono del mismo, conforme al artículo 6, inciso segundo de la Ley 18.101.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 2º Juzgado Civil de Rancagua
- Rol: V-314-2020
- Caratulado: RUTA 86 S.A.C INDISTINTAMENTE Inmobiliaria Ruta Ochenta y Seis Limitada./
- Fecha: 7 de octubre de 2020
• Antecedentes procesales relevantes:
- Solicitud de entrega de inmueble presentada el 23 de septiembre de 2020 por , abogado en representación de Inmobiliaria Ruta Ochenta y Seis Limitada.
- Certificación de abandono del inmueble emitida por receptor judicial el 1 de octubre de 2020.
• Hechos acreditados:
- Abandono del inmueble ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins N°0484, local 68 del Terminal de Buses O’Higgins, comuna de Rancagua.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Procedencia de la solicitud de entrega de inmueble abandonado.
• Argumentos de las partes:
- La parte solicitante (Inmobiliaria Ruta Ochenta y Seis Limitada), a través de su representante, solicita la entrega del inmueble basándose en su abandono.
• Doctrina y jurisprudencia citadas:
- Se menciona el artículo 6, inciso segundo de la Ley 18.101.
• Fundamentos esenciales de la resolución:
- El tribunal considera el mérito de los autos, lo expuesto por el solicitante y la certificación de abandono del inmueble.
- Se aplica el artículo 6, i...
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