Civil - Rol V-73-2020

OYARZÚN/

Abstracto

El Juzgado de Letras y Garantía de Litueche acoge la solicitud de entrega de inmueble arrendado por abandono (Ley N°18.101, art. 6), ordenando la apertura de la propiedad, el levantamiento de acta y la designación del solicitante como depositario provisional de los bienes.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de entrega de inmueble arrendado por abandono, caratulada "OYARZ N/Ú", Rol V-73-2020, seguida ante el Juzgado de Letras y Garantía de Litueche. Demandante: . Demandada: .

• Antecedentes procesales relevantes: El 01 de junio de 2020, solicita la entrega del inmueble arrendado a , argumentando abandono por parte de la arrendataria. Se funda en el artículo 6° inciso segundo de la Ley N°18.101.

• Hechos acreditados: El receptor Ad-Hoc, don , certificó el 05 de agosto de 2020, el abandono del inmueble, aunque no pudo ingresar al interior de la casa debido a que se encontraba cerrada con llave.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede la entrega de un inmueble arrendado al arrendador, ante la certificación de abandono por parte del arrendatario.

• Argumentos de las partes: El solicitante, , argumenta que la arrendataria abandonó el inmueble y solicita su entrega sin forma de juicio, basándose en el artículo 6° de la Ley N°18.101.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 6° inciso segundo de la Ley N°18.101.

• Fundamentos esenciales de la resolución: El tribunal considera que, habiéndose certificado el abandono del i...

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