Civil - Rol V-161-2020

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Abstracto

El Juzgado de Letras de Osorno acoge el reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces a inscribir una compraventa, al no ser la tierra indígena por el solo hecho de tener el vendedor apellido indígena. Se ordena la inscripción.

Resumen

• Datos básicos del caso Reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Osorno a inscribir una escritura pública de compraventa de un inmueble rural.

• Antecedentes procesales relevantes , abogada, en representación de y , interpone reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces de Osorno por el rechazo a la inscripción de una escritura pública de compraventa. El Conservador fundamenta su rechazo en que el inmueble correspondería a tierra indígena, cuya enajenación estaría prohibida por el artículo 13 de la Ley N° 19.253.

• Hechos acreditados

  1. La escritura pública de compraventa fue celebrada el 4 de septiembre de 2019, repertorio 4027.
  2. El Conservador rechazó la inscripción el 13 de febrero de 2020, reiterando el reparo el 28 de agosto de 2020.
  3. La propiedad, un “Lote A dos” de 4 hectáreas, se ubica en Pichilcura, Osorno, e inscrita a fojas 5138 vuelta, Nº4440 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año 2017.
  4. La CONADI certificó que la propiedad no se encuentra inscrita en el Registro de Tierras Indígenas.
  5. El título de dominio original fue adquirido por don mediante el procedimiento del Decreto Ley 2695 en el año 2002.

• Cuestiones jurídicas sometidas al ...

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