Civil - Rol V-46-2021

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Abstracto

El 11° Juzgado Civil de Santiago acoge el reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces, ordenando registrar que la adquisición de un inmueble por se realizó conforme al artículo 41 de la Ley N° 18.196 y al artículo 150 del Código Civil, por patrimonio reservado.

Resumen

• Datos básicos del caso Reclamo de contra el Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS), Rol V-46-2021, 11° Juzgado Civil de Santiago, 13 de mayo de 2021.

• Antecedentes procesales relevantes reclama contra la negativa del CBRS a inscribir una nota marginal en la inscripción de su propiedad, indicando que la adquirió conforme al artículo 150 del Código Civil, es decir, con patrimonio reservado. El CBRS se abstuvo de realizar la anotación solicitada.

• Hechos acreditados

  1. adquirió un inmueble en Maipú en mayo de 1995, financiado con un crédito del Banco Estado.
  2. En la escritura de compraventa se identificó a como niñera y se hizo referencia al artículo 41 de la Ley N° 18.196, presumiéndola separada de bienes para efectos del contrato.
  3. solicitó al CBRS que se inscribiera que el inmueble fue adquirido bajo el artículo 150 del Código Civil, lo que fue denegado.
  4. El CBRS argumentó que no constaba en el título traslaticio que la adquisición se realizó con patrimonio reservado y que podrían verse afectados derechos de terceros.
  5. acompañó certificados de cotizaciones previsionales desde 1994.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo ¿Es procedente que el C...

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