Civil - Rol V-59-2019
DÍAZ/
Abstracto
El 1º Juzgado Civil de Puente Alto acoge la solicitud de administración extraordinaria de la sociedad conyugal por prolongada ausencia del cónyuge, designando a la cónyuge como administradora, con un plazo de vigencia de seis meses, ordenando inventario solemne y escritura pública.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de declaración de administradora de la sociedad conyugal por ausencia del cónyuge. solicita ser designada administradora de la sociedad conyugal habida con , de quien se encuentra separada de hecho desde 1979 y cuyo paradero desconoce.
• Antecedentes procesales relevantes: La solicitante funda su petición en los artículos 138, 138 bis y 1758 del Código Civil. Se notifica al cónyuge ausente mediante el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, sin que este comparezca.
• Hechos acreditados:
- Matrimonio entre y el 30 de julio de 1974.
- Separación de hecho desde 1979 y desconocimiento del paradero del cónyuge.
- Información sumaria de testigos que corroboran la ausencia y la necesidad de la solicitante de realizar trámites que requieren la autorización del cónyuge.
- Diligencias infructuosas para ubicar al cónyuge a través del Servicio de Impuestos Internos, Servicio Electoral y Servicio de Registro Civil.
- Notificación por el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil sin comparecencia del notificado.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede designar a la cónyuge como administradora extraordinaria de la sociedad conyu...
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