Civil - Rol C-611-2018
PROMOTORA CMR FALABELLA/SEGURA
Abstracto
El 2° Juzgado Civil de Santiago acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por el ejecutado, al haber transcurrido más de un año entre el vencimiento del pagaré y la notificación de la demanda, ordenando el alzamiento de la ejecución y condenando en costas al ejecutante.
Resumen
• Datos básicos del caso: Juicio ejecutivo caratulado "PROMOTORA CMR FALABELLA/SEGURA", Rol C-611-2018, seguido ante el 2° Juzgado Civil de Santiago. Demandante: PROMOTORA CMR FALABELLA. Demandado: . La sentencia se dictó el 1 de octubre de 2021.
• Antecedentes procesales relevantes: El 8 de enero de 2018, PROMOTORA CMR FALABELLA interpuso demanda ejecutiva en contra de , basada en un pagaré. El 12 de enero de 2018, se despachó mandamiento de ejecución y embargo. El 1 de junio de 2021, el ejecutado se notificó de la demanda y opuso la excepción del artículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil (prescripción de la acción ejecutiva). El 24 de agosto de 2021, se confirió traslado a la contraparte, quien no evacuó el traslado. Se omitió la recepción de la prueba y se citó a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados: El pagaré N° 1521251, fue suscrito el 10 de noviembre de 2017, con vencimiento el 11 de noviembre de 2017, por la suma de $8.111.446. Entre la fecha de vencimiento del pagaré y la fecha en que el ejecutado se notificó de la demanda (1 de junio de 2021), transcurrió más de un año.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la acción ejecutiva derivada del pagaré se encuentra prescrita.
• Argumentos de las parte...
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