Civil - Rol C-2290-2021
BANCO FALABELLA/
Abstracto
El 3er Juzgado Civil de San Miguel rechaza la excepción del demandado, basada en la falta de requisitos del título ejecutivo (pagaré), al considerar que cumple con las exigencias legales y su firma fue autorizada notarialmente. Se ordena seguir con la ejecución y se condena en costas al ejecutado.
Resumen
• Datos básicos del caso El Banco Falabella demanda ejecutivamente a por cobro de pagaré.
• Antecedentes procesales relevantes El demandado opone excepción basada en la falta de requisitos para que el pagaré tenga fuerza ejecutiva (artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil), argumentando que su firma no fue autorizada ante notario conforme a la ley.
• Hechos acreditados
- suscribió un pagaré a la orden de Banco Falabella por $5.338.218, pagadero en 48 cuotas (Nº 225271796262).
- El demandado no pagó la primera cuota, vencida el 05-10-2020, ni las siguientes.
- La firma del suscriptor del pagaré fue autorizada por notario público.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo Determinar si el pagaré presentado por el Banco Falabella cumple con los requisitos legales para tener fuerza ejecutiva, especialmente en lo que respecta a la autorización notarial de la firma del suscriptor.
• Argumentos de las partes
- Demandante (Banco Falabella): El pagaré cumple con los requisitos del artículo 434 N°3 del Código de Procedimiento Civil, ya que la firma fue autorizada por notario. No se ha negado la suscripción del documento, solo se cuestiona la formalidad de la autorización notarial.
- Demandado (): La firma no fue autoriz...
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