Civil - Rol V-25-2019
BRAVO/
Abstracto
El Juzgado Mixto de Rapa Nui acoge la solicitud de rectificación de partida de nacimiento para anteponer el apellido materno "" al paterno "" de , en virtud del artículo 71 de la Ley N° 19.253, preservando así el patronímico de la etnia Rapa Nui.
Resumen
• Datos básicos del caso: Solicitud de rectificación de partida de nacimiento presentada por , chileno, domiciliado en Isla de Pascua, para anteponer su apellido materno "" a su apellido paterno "".
• Antecedentes procesales relevantes: El solicitante invoca el artículo 71 de la Ley N° 19.253, que permite a los miembros de la etnia Rapa Nui anteponer el apellido materno al paterno para preservar el patronímico. Se tramita conforme a la Ley 17.344.
• Hechos acreditados: Se acreditó que nació el 31 de mayo de 1980, inscrito bajo el N° 157 del Registro de 1981 en Maipú, hijo de y . Un certificado de la CONADI acredita su pertenencia a la etnia Rapa Nui.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el solicitante cumple con los requisitos del artículo 71 de la Ley N° 19.253 para rectificar su partida de nacimiento y anteponer el apellido materno al paterno.
• Argumentos de las partes: El solicitante argumenta su derecho a preservar el patronímico de la etnia Rapa Nui anteponiendo su apellido materno, invocando la Ley 17.344 y el artículo 71 de la Ley N° 19.253. Los testigos, madre y hermano, confirman su deseo.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se citan los artículo...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.