Civil - Rol C-847-2018
BANCO FALABELLA/
Abstracto
El 3º Juzgado Civil de Temuco acoge parcialmente la excepción de prescripción en juicio ejecutivo. Declara prescritas las cuotas desde mayo de 2017 a febrero de 2019 de un pagaré, ordenando seguir adelante la ejecución por el saldo adeudado más intereses, con costas.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 3º Juzgado Civil de Temuco
- Rol: C-847-2018
- Caratulado: BANCO FALABELLA/
- Fecha: 4 de enero de 2022
• Antecedentes procesales relevantes
- 27 de febrero de 2018: Banco Falabella interpone demanda ejecutiva contra Lía Irene Moreno Rojas, cobrando $4.642.215 más intereses y costas, basados en un pagaré.
- 04 de marzo de 2021: Lía Moreno se notifica y opone excepción de prescripción (artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil).
- 30 de diciembre de 2021: Se declara admisible la excepción y se cita a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados
- Lía Irene Moreno Rojas suscribió un pagaré a favor de Banco Falabella el 20 de febrero de 2017, por $4.794.875, pagadero en 48 cuotas.
- Se estipuló que la falta de pago de cualquier cuota haría exigible el total de la deuda.
- La demandada no pagó la cuota 3 (vencimiento 10 de mayo de 2017) ni las siguientes.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo
- Determinar si la acción ejecutiva derivada del pagaré se encuentra prescrita.
- Analizar el efecto de la cláusula de aceleración en el cómputo del plazo de prescripción.
• Argumentos de las partes
- Demandante (Banco Falabella): La deuda es líquida, exigible, no prescrita y consta en título ...
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