Civil - Rol C-1729-2019
BANCO FALABELLA/
Abstracto
El 2º Juzgado de Letras de Punta Arenas acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por la ejecutada, al constatar que transcurrió más de un año entre la presentación de la demanda y su notificación, contados desde que se hizo exigible el total del crédito.
Resumen
• Datos básicos del caso: Juicio ejecutivo de cobro de pagaré, Rol C- , seguido ante el 2º Juzgado de Letras de Punta Arenas, caratulado "BANCO FALABELLA/". Demandante: Banco Falabella S.A. Demandada: . Fecha de la sentencia: 3 de febrero de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes: El 16 de septiembre de 2019, Banco Falabella interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de , solicitando mandamiento de ejecución y embargo por $2.635.145, más intereses. El 18 de marzo de 2021, la ejecutada opone excepción de prescripción de la acción ejecutiva (artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil). El 17 de enero de 2022, se citó a las partes para oír sentencia.
• Hechos acreditados: 1) El pagaré fue pactado en cuotas mensuales, venciendo la primera el 5 de julio de 2017 y la última el 7 de junio de 2021. 2) La deudora incurrió en mora desde la cuota N° 1, con vencimiento el 5 de diciembre de 2018. 3) La demanda se presentó el 16 de septiembre de 2019. 4) La notificación y requerimiento de pago a se realizaron en marzo de 2021.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la acción ejecutiva derivada del pagaré se encuentra prescrita, considerando la fecha de exigi...
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