Civil - Rol C-155-2020
NORTE UNO FACTORING SPA/AGPIA ANTOFAGASTA
Abstracto
El 4° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta rechaza la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte ejecutada. Se ordena seguir adelante con la ejecución hasta el pago total de la suma demandada, condenando en costas a la ejecutada.
Resumen
• Datos básicos del caso: Juicio ejecutivo caratulado "NORTE UNO FACTORING SPA/AGPIA", Rol C-155-2020, seguido ante el 4° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta. Demandante: NORTE UNO FACTORING SpA, representada por . Demandada: ASOCIACIÓN GREMIAL DE PEQUEÑOS INDUSTRIALES Y ARTESANOS DE ANTOFAGASTA (AGPIA), representada por . Fecha de la sentencia: 8 de abril de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes: El 13 de febrero de 2020, NORTE UNO FACTORING SpA interpone demanda ejecutiva en contra de AGPIA, basada en la factura electrónica N° 290. El 24 de marzo de 2020, AGPIA se opone a la ejecución, interponiendo la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil (falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva). El 30 de marzo de 2020, la ejecutante evacua el traslado, solicitando el rechazo de la excepción. El 31 de marzo de 2020, se declara admisible la excepción y se recibe la causa a prueba. El 28 de marzo de 2022, se cita a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados: Se acreditó la existencia de la factura electrónica N° 290, emitida el 1 de agosto de 2019 por DAFNE ENID MUSSINI HORMAZABAL SERVICIOS A LA MINERÍA EIRL a favor de AGPIA, por un monto de $128.520.000, con vencimiento el 1 de octubre de 2019. Dich...
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