Civil - Rol V-174-2021

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Abstracto

El 2° Juzgado Civil de Rancagua, en sentencia del 2 de junio de 2022, acoge solicitud para enajenar bien social, ordenando al Conservador de Bienes Raíces inscribir compraventa, considerando que la adquisición original se realizó bajo el amparo del artículo 150 del Código Civil y con patrimonio propio de la solicitante.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de autorización para enajenar bien social presentada por ante el 2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol V-174-2021. El bien se encuentra inscrito a fojas 3.455, Nº3.785 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, año 2009. La solicitante busca que se ordene al Conservador realizar la inscripción de una compraventa ya efectuada.

• Antecedentes procesales relevantes: * La solicitante contrajo matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal el 22 de agosto de 1984, y se divorció por sentencia del 2º Juzgado de Familia de Santiago el 9 de diciembre de 2009 (RIT C-6101-2009). * Adquirió la propiedad el 13 de enero de 2009, con apoyo de un subsidio SERVIU. * Celebró promesa de compraventa el 26 de julio de 2013 y compraventa definitiva el 22 de diciembre de 2016 con . El Conservador de Bienes Raíces de Rancagua reparó la inscripción (carátula Nº672907) exigiendo la comparecencia del ex cónyuge. * Se rinde información sumaria de testigos y se solicitan informes al Conservador de Bienes Raíces y al Defensor Público.

• Hechos acreditados: * Matrimonio de y bajo régimen de sociedad conyugal, divorciándose posteriormente. * Adquisi...

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