Civil - Rol C-337-2021
CONDOMINIO VALLE DE TALAGANTE/FLORIO
Abstracto
El Juzgado de Letras de Talagante, en sentencia de 7 de febrero de 2023, rechaza la demanda ejecutiva de cobro de gastos comunes, al determinar que la Ley de Copropiedad Inmobiliaria no es aplicable a inmuebles en áreas rurales, acogiendo la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 1° Juzgado de Letras de Talagante
- Rol: C-337-2021
- Caratulado: Condominio Valle de Talagante/Florio
- Fecha: 7 de febrero de 2023
• Antecedentes procesales relevantes
- 29 de marzo de 2021: Condominio Valle de Talagante demanda ejecutivamente a por cobro de gastos comunes impagos.
- 20 de abril de 2022: Se notifica al demandado por cédula.
- 21 de abril de 2022: Se requiere de pago al demandado.
- 29 de abril de 2022: El demandado se opone a la ejecución, interponiendo excepciones (art. 464 N° 2, 6, 7 y 17 del Código de Procedimiento Civil).
- 16 de mayo de 2022: El demandante contesta el traslado, solicitando el rechazo de las excepciones.
- 17 de mayo de 2022: Se declara admisible las excepciones y se recibe la causa a prueba.
- 6 de diciembre de 2022: Se cita a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados
- El demandado es propietario de un inmueble ubicado en calle Santa Anita, Parcela N°5, Parcelación del Lote B, del Condominio Valle de Talagante.
- El demandante alega el no pago de gastos comunes por parte del demandado, correspondientes al período diciembre 2014 - enero 2021, ascendentes a $2.091.200.
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