Civil - Rol V-2-2023
ASOC GREMIAL DUEÑOS CAMIONES/
Abstracto
El 2° Juzgado de Letras de Punta Arenas, en causa V-2-2023, acoge la solicitud de entrega de inmueble arrendado por abandono, conforme al artículo 6 de la Ley 18.101, autorizando a un ministro de fe para levantar acta y, si es necesario, realizar el descerrajamiento.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 2° Juzgado de Letras de Punta Arenas
- Rol: V-2-2023
- Caratulado: ASOC GREMIAL DUE OS CAMIONES/Ñ
- Fecha: 1 de marzo de 2023
• Antecedentes procesales relevantes
- , en representación de la Asociación de Dueños de Camiones de Punta Arenas (ASODUCAM), solicita la entrega del inmueble ubicado en calle , de propiedad de la asociación, alegando abandono por parte de la arrendataria, Sociedad Comercial Mediagroup y Compañía Limitada.
- Previamente, ASODUCAM interpuso una demanda monitoria de cobro de rentas de arrendamiento (C-1389-2022) ante el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Punta Arenas. La demandada se opuso, y el procedimiento monitorio finalizó por resolución del 28 de noviembre de 2022, declarándose terminado el procedimiento conforme al Artículo 18-H de la Ley N° 21.461.
• Hechos acreditados
- Existencia de un contrato de arrendamiento entre ASODUCAM y Sociedad Comercial Mediagroup y Compañía Limitada, respecto del inmueble ubicado en calle .
- El inmueble arrendado se encuentra desocupado y abandonado, según certificación de un ministro de fe (receptor judicial, don ) de fecha 20 d...
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