Civil - Rol C-7817-2023
BANCO ITAÚ CHILE./VARGAS
Abstracto
El Décimo Juzgado Civil de Santiago acoge la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por la ejecutada, poniendo fin a la ejecución, al no acreditarse el cumplimiento del período de gracia de 18 meses exigido por la Ley N°20.720 para el cobro del pagaré.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: 10° Juzgado Civil de Santiago
- Rol: C-7817-2023
- Caratulado: BANCO ITAÚ CHILE/VARGAS
- Fecha: 8 de marzo de 2024
- Demandante: BANCO ITAÚ CHILE, representado por
- Demandado:
- Materia: Juicio ejecutivo de cobro de pagaré
• Antecedentes procesales relevantes
- El 10 de mayo de 2023, BANCO ITAÚ CHILE interpone demanda ejecutiva contra , solicitando el mandamiento de ejecución y embargo por 661,1383 Unidades de Fomento ($23.774.427 al 10 de mayo de 2023), más intereses y costas.
- La demanda se basa en dos pagarés suscritos el 10 de abril de 2023, con vencimiento el 10 de mayo de 2023, por un total de 661,1383 UF. Los pagarés fueron suscritos por representantes del Banco Itaú Chile en representación de este y, a su vez, de la ejecutada, en virtud del Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal, según Ley Nº 20.027.
- La ejecutada fue notificada y requerida de pago.
- La ejecutada opone las excepciones del artículo 464, numerales 4, 7, 11 y 14 del Código de Procedimiento Civil: ineptitud del libelo, falta de requisitos del título ejecutivo, concesión de esperas o prórrog...
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