Civil - Rol V-576-2023

ALBORNOZ/

Abstracto

El 1º Juzgado Civil de Puente Alto acoge la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, ordenando cambiar el apellido paterno "ALBORNOZ" por "MIRANDA" de la solicitante, de conformidad con la Ley 17.344.

Resumen

• Datos básicos del caso: solicita la rectificación de su partida de nacimiento para cambiar su apellido paterno “ALBORNOZ” por “MIRANDA”.

• Antecedentes procesales relevantes: Se acompañaron certificado de nacimiento, publicaciones legales sin oposición, informes del Ministerio Público, Carabineros, PDI y Servicio de Registro Civil, e información sumaria de testigos.

• Hechos acreditados: Cumplimiento de los requisitos de la Ley Nº 17.344.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Procedencia de la rectificación de la partida de nacimiento para cambiar el apellido paterno.

• Argumentos de las partes: La solicitante fundamenta su petición en el artículo 1º letras a y b) de la Ley 17.344, argumentando que desea llevar el apellido de su tío, a quien considera su figura paterna.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: No se mencionan expresamente doctrina o jurisprudencia.

• Fundamentos esenciales de la resolución: Se han cumplido los requisitos de la Ley Nº 17.344, que autorizan el cambio de nombre.

• Decisión y efectos: Se acoge la solicitud y se ordena rectificar la partida de nacimiento Nº 1.915, Registro S, del Registro del año 1998 del Registro Civil de Providencia, para que el nombre quede como . Se ordena al Director Nacional del Servicio ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora