Civil - Rol V-41-2024

MALDONADO/

Abstracto

El Juzgado de Letras de Osorno acoge reclamación contra el Conservador de Bienes Raíces, ordenando inscribir compraventa. Se rechaza la negativa basada en la Ley Indígena, al no constituir el inmueble tierra indígena por el solo hecho del apellido del beneficiario original.

Resumen

• Datos básicos del caso: Reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Osorno a inscribir una escritura pública de compraventa. La reclamante es , representada por la abogada .

• Antecedentes procesales relevantes: La reclamación se basa en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces. El Conservador rechazó la inscripción el 28 de diciembre de 2022, argumentando que debía acreditarse que el inmueble no es tierra indígena, conforme al artículo 12, letra e), de la Ley 19.253.

• Hechos acreditados:

  1. Existencia de una escritura pública de compraventa de fecha 1 de diciembre de 2022, repertorio 6031, ante el Notario , donde vende a un inmueble rural de 3,54 hectáreas en San Juan de la Costa, Osorno.
  2. El Conservador de Bienes Raíces de Osorno rechazó la inscripción el 28 de diciembre de 2022.
  3. El inmueble tiene su origen en un saneamiento según el Decreto Ley 2.695 a nombre de , inscrito en 1981.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:

  1. ¿Es justificada la negativa del Conservador a inscribir la compraventa?
  2. ¿Convierte el origen del inmueble en un saneamiento bajo el Decreto Ley 2.695 y el apellido indígena del beneficiario original...

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