Civil - Rol C-373-2023

MAZA/SILVA

Abstracto

El Primer Juzgado de Letras de Curicó, en sentencia de 1 de julio de 2024, rechaza la demanda de cobro de pesos, al no acreditarse que el demandado adeude la suma reclamada por concepto de anticipo de compraventa, actuando este solo como intermediario.

Resumen

• Datos básicos del caso: Demanda de cobro de $12.500.000 presentada por contra , por un anticipo de compraventa no concretada. • Antecedentes procesales relevantes: Demanda notificada al demandado, rebeldía inicial, audiencia de conciliación sin acuerdo, recepción de la causa a prueba, y citación a sentencia. • Hechos acreditados: Entrega de $12.500.000 por el demandante al demandado mediante transferencias electrónicas, en el contexto de un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa del Lote 77 de la Hacienda Zapallar, propiedad de . • Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el demandado adeuda al demandante la suma de $12.500.000 por concepto de anticipo de un contrato de compraventa que no se llevó a cabo. • Argumentos de las partes: El demandante alega que entregó el dinero como anticipo para la compraventa y que el demandado se niega a devolverlo. El demandado sostiene que actuó como intermediario entre el demandante y la propietaria, , y que no adeuda la suma reclamada. • Doctrina y jurisprudencia citadas: Artículo 1698 del Código Civil (carga de la prueba). Artículos 144, 160, 170, 341, 346 N°3 y 254 del Código de Procedimiento Civil. • Fundamentos esenciales de...

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