Civil - Rol V-176-2024

CATRIÁN/

Abstracto

El 3° Juzgado Civil de Temuco, en sentencia de 8 de agosto de 2024, rechaza la solicitud de declaración de abandono de propiedad presentada por Inmobiliaria Mirador Ltda., al no acreditarse la vigencia del contrato de arrendamiento.

Resumen

• Datos básicos del caso: Solicitud de declaración de abandono de propiedad ubicada en Av. , local N° 3, del Centro Comercial Balmaceda, Temuco. Inmobiliaria Mirador Ltda. (arrendador) solicita que se declare el abandono por parte de Comercial Venesur SPA (arrendatario).

• Antecedentes procesales relevantes: , en representación de Inmobiliaria Mirador Ltda., presenta la solicitud. Se funda en el artículo 6 de la Ley N° 18.101 sobre arrendamiento de propiedades urbanas.

• Hechos acreditados: Inmobiliaria Mirador Ltda. celebró contrato de arrendamiento con Comercial Venesur SPA el 3 de junio de 2021, respecto del inmueble en Av. , local N° 3. La arrendataria dejó de pagar las rentas desde enero de 2024, adeudando $3.780.000, y abandonó el inmueble sin comunicación.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si procede declarar el abandono del inmueble arrendado y facultar al arrendador para tomar posesión del mismo, conforme al artículo 6 de la Ley N° 18.101.

• Argumentos de las partes: La parte solicitante (Inmobiliaria Mirador Ltda.) argumenta que la arrendataria abandonó intempestivamente la propiedad sin restituirla, lo que faculta al arrendador, previa declaración de abandono acreditada por ministro de fe, a to...

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