Civil - Rol C-2960-2024
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPEUCH,/ALLENDE
Abstracto
El 1° Juzgado de Letras de Melipilla, en sentencia de 1 de abril de 2025, rechaza la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ejecutada en un juicio ejecutivo por cobro de pagaré, al considerar que el título cumple con los requisitos legales para tener mérito ejecutivo.
Resumen
• Datos básicos del caso: Juicio ejecutivo caratulado "COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPEUCH/ALLENDE", Rol C-2960-2024, del 1° Juzgado de Letras de Melipilla.
• Antecedentes procesales relevantes: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPEUCH demanda ejecutivamente a por obligación de dar, fundada en un pagaré. La ejecutada opone la excepción del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil, alegando falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva, específicamente, que la firma no fue autorizada ante Notario conforme a la ley. El ejecutante solicita el rechazo de la excepción. El tribunal declara admisible la excepción y recibe la causa a prueba. Se cita a las partes para oír sentencia.
• Hechos acreditados: —
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el pagaré presentado por el ejecutante cumple con los requisitos legales para tener fuerza ejecutiva, considerando la validez de la autorización notarial de la firma del suscriptor.
• Argumentos de las partes: Demandante (COOPEUCH): El pagaré cumple con todos los requisitos legales y la autorización notarial es válida. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema que señala que la autorización notarial puede realizarse con o sin la presencia del firmante, siempre que el notario dé ...
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