Contraloría - Dictamen N° 8212 2005

Beneficios adicionales en contratos honorarios

Abstracto

Dictamen 8212 de 17-II-2005, sobre decreto del Ministerio de Obras Públicas, recuerda que beneficios adicionales en contratos a honorarios (feriados, licencias, etc.) proceden según exigencias legales, conciliación con la naturaleza de los servicios, forma de prestación y fijación de jornada de trabajo, según Circular 78/2002.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Ministerio de Obras Públicas
  • Materia: Aplicación de beneficios adicionales en contratos a honorarios (feriados, licencias, permisos) en el contexto de un decreto de obras públicas.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Cursamiento del Decreto N° 85, de 2005, del Ministerio de Obras Públicas.

III. MARCO NORMATIVO

  • Oficio Circular N° 78 de 23 de diciembre de 2002 del Ministerio de Hacienda.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Procedencia de beneficios adicionales (feriados, licencias, permisos u otros) en contratos a honorarios.
  • Argumentación CGR: Reitera el criterio establecido en la Circular N° 78 de 2002 del Ministerio de Hacienda.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: Los beneficios adicionales en contratos a honorarios solo procederán si se cumplen las exigencias legales, se concilian con la naturaleza de los servicios y la forma de prestarlos, y se fija una jornada de trabajo.

VI. EFECTOS Y APLICACIÓN

  • A futuro, se exige el cumplimiento de la normativa en la ejecución de los contratos....

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