Contraloría - Dictamen N° 8212 2005
Beneficios adicionales en contratos honorarios
Abstracto
Dictamen 8212 de 17-II-2005, sobre decreto del Ministerio de Obras Públicas, recuerda que beneficios adicionales en contratos a honorarios (feriados, licencias, etc.) proceden según exigencias legales, conciliación con la naturaleza de los servicios, forma de prestación y fijación de jornada de trabajo, según Circular 78/2002.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ministerio de Obras Públicas
- Materia: Aplicación de beneficios adicionales en contratos a honorarios (feriados, licencias, permisos) en el contexto de un decreto de obras públicas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Cursamiento del Decreto N° 85, de 2005, del Ministerio de Obras Públicas.
III. MARCO NORMATIVO
- Oficio Circular N° 78 de 23 de diciembre de 2002 del Ministerio de Hacienda.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Procedencia de beneficios adicionales (feriados, licencias, permisos u otros) en contratos a honorarios.
- Argumentación CGR: Reitera el criterio establecido en la Circular N° 78 de 2002 del Ministerio de Hacienda.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Los beneficios adicionales en contratos a honorarios solo procederán si se cumplen las exigencias legales, se concilian con la naturaleza de los servicios y la forma de prestarlos, y se fija una jornada de trabajo.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
- A futuro, se exige el cumplimiento de la normativa en la ejecución de los contratos....
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