Contraloría - Dictamen N° 12271 2005
Inhabilidad no aplica a faltas
Abstracto
Dictamen N° 12271 de 2005. La Contraloría General de la República establece que la inhabilidad para ingresar o permanecer en la Administración del Estado por condena de crimen o simple delito (art. 54 letra c) Ley 18.575) no se aplica a condenas por faltas.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección del Personal de Carabineros de Chile
- Materia: Inhabilidad para ingresar o permanecer en la Administración del Estado por condena por crimen o simple delito.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Se consulta sobre la procedencia de considerar las condenas por delitos con penas asignadas o impuestas propias de las faltas, para efectos de la inhabilidad sobreviniente del artículo 54 letra c) de la Ley N° 18.575, en relación con el artículo 64 del mismo cuerpo legal.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.575, artículos 54 letra c) y 64.
- Código Penal: Artículo 21.
- DFL 1/19.653/2000 SEPRE
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la inhabilidad para ingresar o permanecer en la Administración del Estado, establecida para quienes han sido condenados por crimen o simple delito, se extiende a las condenas por faltas.
- Argumentación CGR: La inhabilidad del artículo 54 letra c) de la Ley N° 18.575 es aplicable tanto al ingreso como a la permanencia en la Administración del Estado. Sin embargo, las faltas no están comprendidas en el supuesto de la norma del artículo 54 letra c) de la Ley N° 18.575. El carácter de crimen, simple delito o falta depende de la gravedad de la pena a...
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