Contraloría - Dictamen N° 25465 2005
Reducción calzada vías servicio ilegal
Abstracto
Dictamen N° 25.465, de 2005, establece que no se ajusta a derecho la reducción de anchos de calzada en vías de servicio por el SERVIU, contraviniendo la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que fija un mínimo de 7 metros.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Contraloría Regional de Atacama
- Materia: Legalidad de la reducción del ancho de calzadas en vías de servicio por parte del SERVIU.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de proyectos de obras del SERVIU que reducen el ancho de calzadas en vías de servicio.
- Hechos relevantes: Proyectos de mejoramiento y optimización del sistema de transporte urbano de Copiapó, y semipeatonalización de la Plaza de Armas, que reducen el ancho de calzadas a menos de 7 metros.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: DFL N° 458/75 (Ley General de Urbanismo y Construcciones) art. 105 letra a; Ley N° 18.059; Ley N° 18.287 art. 43; Ley N° 18.290.
- Reglamentos: DTO N° 47/92 MINVU (Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones) Título 2, Capítulo 1, art. 2.1.10 letra b, Capítulo 3, art. 2.3.1 incisos 1 y 2, art. 2.3.2 numeral 4 letra j, art. 2.3.3, Título 3, Capítulo 2; DTO N° 83/85 MTT.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la ejecución de proyectos de obras por parte del SERVIU que implican la reducción del ancho de la calzada en vías de servicio se ajusta a derecho.
- Argumentación CGR: La fijación de los anchos de calzada es materia propia de los Planes Regula...
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