Contraloría - Dictamen N° 27678 2005
Prórroga descargos no es obligatoria
Abstracto
Dictamen 27678 de 2005. El fiscal de un sumario no está obligado a prorrogar el plazo para presentar descargos (art. 138 Ley 18834). No hay indefensión si se autoriza examinar expediente en fiscalía. Se desestima reclamo contra Resolución N° 88 del Instituto Traumatológico.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Señor ZZ, funcionario del Instituto Traumatológico.
- Materia: Procedencia de prórroga para presentar descargos en sumario administrativo y alegación de indefensión.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El señor ZZ recurre ante la Contraloría General señalando vicios en el sumario administrativo instruido en su contra, específicamente la denegación de prórroga para presentar descargos y la falta de entrega de copias del expediente.
- Hechos relevantes: Se aplicó la medida disciplinaria de destitución al señor ZZ por Resolución N° 88 de 2005 del Instituto Traumatológico.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.834, artículo 138.
- Reglamentos: DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda (fija texto refundido de la Ley 18.834).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la fiscal instructora estaba obligada a conceder la prórroga solicitada por el inculpado para presentar sus descargos y si la falta de entrega de copias del expediente vulneró su derecho a defensa.
- Argumentación CGR: La CGR señala que el artículo 138 de la Ley N° 18.834 no obliga al fiscal a extender el plazo para presentar descargos. Además, no se configuró indefensión, ya que se autorizó al interesado a examinar el...
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