Contraloría - Dictamen N° 29994 2005
Declaración prescindible inmueble exenta toma
Abstracto
Dictamen 29994 de 2005. Subsecretaría de Obras Públicas. Resolución que declara prescindible un inmueble no está sujeta a toma de razón, pero debe contener la expresión 'Exenta'. No valida bases administrativas de licitación anteriores observadas por CGR.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Subsecretaría de Obras Públicas
- Materia: Declaración de prescindibilidad de inmueble fiscal y su sujeción a toma de razón.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Resolución que declara prescindible un inmueble y valida trámites anteriores.
- Hechos relevantes: La Contraloría había devuelto una resolución que aprobaba bases de licitación por no haberse declarado previamente el inmueble como prescindible.
III. MARCO NORMATIVO
- DL 1056/75: Artículo 8°.
- Resolución 520/96 CGR: Artículos 2° N° 11 y 3° N° 5 inciso 3°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la resolución que declara prescindible un inmueble está sujeta a toma de razón.
- Argumentación CGR: La declaración de prescindibilidad es un acto preparatorio no sujeto a toma de razón según la Resolución 520/96, que solo exige control para la aprobación de bases y enajenación si excede 2000 UTM.
- Principios interpretativos: Literalidad, especialidad.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La resolución que declara prescindible el inmueble no está afecta a toma de razón.
- Criterios establecidos: La declaración de prescindibilidad es un acto preparatorio.
- Alcance: Caso específico.
- Vinculatoriedad: Subsecretar...
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