Contraloría - Dictamen N° 37228 2005
Improcedencia asignación urgencia unidad puerperio
Abstracto
Dictamen 37228 de 2005. Funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente no tiene derecho a la asignación de urgencia (Ley 19264) al laborar en la unidad de puerperio, no incluida en las unidades que dan derecho a dicha asignación.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente
- Materia: Improcedencia pago asignación de urgencia en unidad de puerperio
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por no pago de la asignación de urgencia (Ley 19.264).
- Hechos relevantes: La funcionaria, tras licencia médica, fue destinada a la Unidad de Puerperio.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.264, artículo 1°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el pago de la asignación de urgencia a la funcionaria que labora en la Unidad de Puerperio.
- Argumentación CGR: La Ley 19.264 especifica las unidades que dan derecho a la asignación, no incluyendo la Unidad de Puerperio.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los Dictámenes N°s. 36.911, de 2001 y 19.667, de 2005.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se desestima el reclamo de la funcionaria.
- Criterios establecidos: Para acceder a la asignación de urgencia, el empleado debe estar formalmente destinado a una de las unidades expresamente indicadas en la Ley 19.264.
- Alcance: Caso específico de la funcionaria consultante.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Confirma dictámenes: 36.911, de 2001 y 19.667, de 2005....
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