Contraloría - Dictamen N° 38149 2005

Rentas concesión marítima no balneario

Abstracto

El Dictamen 38149 del 17-VIII-2005 devuelve sin tramitar el decreto 177/2005 del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, sobre concesión marítima en Playa Punta de Tralca. Indica que, al no ser zona balneario (DL 3063/79 art. 45, Dto 149/80), las rentas deben ingresar a Rentas Generales.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina
  • Materia: Imputación de rentas por concesión marítima en zona no declarada balneario.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Decreto N° 177 de 2005 que otorga concesión marítima sobre sector de playa.
  • Hechos relevantes: El decreto establece que la renta de la concesión cede en beneficio de la Ilustre Municipalidad de El Quisco.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Decreto Ley N° 3.063, de 1979, artículo 45.
  • Reglamentos: Decreto N° 149, de 1980, del Ministerio del Interior.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si la renta por la concesión marítima debe ceder a la municipalidad o ingresar a Rentas Generales de la Nación.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General señala que la destinación de la renta a la municipalidad solo es aplicable a concesiones de playa ubicadas en zonas declaradas balnearios.
  • Jurisprudencia administrativa: Aplica criterio preexistente sobre la materia.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: Se devuelve sin tramitar el decreto N° 177, de 2005.
  • Criterios establecidos: La renta de la concesión debe ingresar a Rentas Generales de la Nación, Ítem 50-01-01-06-99 "Otras Rentas de la Propiedad".
  • ...

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